Finalmente, después de un duro trabajo por parte de la Delegación de Alumnos, se aclaran los términos del Reglamento de Exámenes que podían tener diversas interpretaciones.
A partir del 2 de junio de 2009, es OBLIGATORIO que los contratos programas de TODAS las asignaturas especifiquen si el examen es tipo test, preguntas cortas, desarrollo, resolución prácticas. Es decir, que describan el modelo de examen y los criterios de evaluación.
Esto es exigible según el artículo 4 del Reglamento de Exámenes y la resolución de la Comisión de Reglamentos del Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá con fecha del 2 de junio de 2009 (Ejecución de Acuerdos que veréis por los tablones). Si no lo hacen, podéis solicitarlo sin problema.

